{"id":1529,"date":"2018-08-01T08:40:11","date_gmt":"2018-08-01T06:40:11","guid":{"rendered":"https:\/\/www.pippol.es\/condiciones-generales-de-contratacion\/"},"modified":"2021-08-23T09:58:09","modified_gmt":"2021-08-23T07:58:09","slug":"condicions-generals-de-contractacio","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.pippol.es\/ca\/condicions-generals-de-contractacio\/","title":{"rendered":"Condicions generals de contractaci\u00f3"},"content":{"rendered":"<p>[vc_section][vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h3>CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACI\u00d3N (CGC) APLICABLES A LOS PRODUCTOS VENDIDOS Y SERVICIOS PRESTADOS POR PIPPOL TELEFONIA CLOUD PROFESIONAL, S.L. (PIPPOL)<\/h3>\n<h4>1. ACEPTACI\u00d3N DE LAS PRESENTES CGC<\/h4>\n<p>1.1. La suscripci\u00f3n de un CONTRATO de prestaci\u00f3n de cualesquiera SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS con PIPPOL lleva aparejada, por parte del CLIENTE, la expl\u00edcita aceptaci\u00f3n de las presentes CGC que han sido elaboradas de acuerdo a la naturaleza de dichos SERVICIOS, y con arreglo a las normas reguladoras del mercado de las telecomunicaciones, del comercio electr\u00f3nico, de protecci\u00f3n de datos de car\u00e1cter personal y dem\u00e1s legislaci\u00f3n vigente en el momento de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n<h4>2. OBJETO Y CONTENIDO<\/h4>\n<p>2.1. Las presentes CGC tienen por objeto regular el conjunto de derechos y obligaciones que incumben tanto al CLIENTE como a PIPPOL cuando suscriban un CONTRATO de prestaci\u00f3n de cualesquiera SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS.<\/p>\n<p>2.2. Estas CGC, junto con el CONTRATO al que las mismas se aplican y las TARIFAS Y PRECIOS contenidas en las CONDICIONES O CARACTER\u00cdSTICAS PARTICULARES aplicables a cada uno de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS prestados o puestos a disposici\u00f3n del CLIENTE por parte de PIPPOL, forman y constituyen una \u00fanica unidad contractual inseparable de modo que el contenido de los tres mencionados documentos ser\u00e1n vinculantes y, por tanto, de obligado cumplimiento para las partes.<\/p>\n<p>2.3. Cuando el CLIENTE de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS sea una entidad distinta a persona f\u00edsica, los derechos a que se refieren las presentes CGC se extender\u00e1n, en la medida de lo necesario, a las personas que integran y\/o dependen de dicha organizaci\u00f3n.<br \/>\nEn esos mismos casos, las obligaciones derivadas de estas CGC incumben a la entidad u organizaci\u00f3n jur\u00eddica como unidad y, solidariamente, a quienes, de hecho o de derecho ejerzan sus funciones directivas, de representaci\u00f3n, administrativas y, en todo caso, a la persona f\u00edsica que, en su nombre, haya suscrito el CONTRATO con PIPPOL.<\/p>\n<p>2.4. En todo lo no recogido en las presentes CGC, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n la legislaci\u00f3n espec\u00edfica vigente en cada momento y que resulte aplicable tanto a las formas y modos de contrataci\u00f3n como al contenido de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS a los que se refiera.<\/p>\n<h4>3. OBLIGACIONES DEL CLIENTE<\/h4>\n<p>3.1. Obligaciones Gen\u00e9ricas<br \/>\nPor la contrataci\u00f3n con PIPPOL de cualesquiera SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS, el CLIENTE asume las siguientes obligaciones:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.1. No faltar a la verdad, ni falsear, ni alterar de ning\u00fan modo, los datos necesarios que, de acuerdo con la legislaci\u00f3n vigente, deba comunicar a PIPPOL para que \u00e9sta pueda proceder a prestar los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.2. Notificar por escrito, y mediante cualquier medio que deje constancia de su recepci\u00f3n por PIPPOL, de toda variaci\u00f3n, modificaci\u00f3n o alteraci\u00f3n de los datos reflejados en el contrato al que se aplican las presentes CGC (ejemplificativamente entre otros, y sin que la siguiente relaci\u00f3n tenga car\u00e1cter de exhaustiva, la direcci\u00f3n postal, la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico, los n\u00fameros de tel\u00e9fono m\u00f3vil y\/o fijo, los d\u00edgitos de IBAN de cargo de las facturas\u2026) y que puedan impedir o dificultar el cumplimiento de las obligaciones y derechos que incumben a las partes.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.3. Hacer un uso personal de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS suscritos con PIPPOL.<br \/>\nSalvo que la finalidad intr\u00ednseca del PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES contratado permita otra cosa (fundamentalmente los destinados a su uso por establecimientos de telefon\u00eda p\u00fablica), o salvo que medie autorizaci\u00f3n expresa y escrita por parte de PIPPOL, el CLIENTE tiene la consideraci\u00f3n de usuario final de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS contratados con y prestados por PIPPOL.<br \/>\nAs\u00ed, con las mismas salvedades previstas en el p\u00e1rrafo inmediatamente anterior, el CLIENTE no podr\u00e1 revender, comercializar, traficar, mercadear ni realizar ning\u00fan otro negocio jur\u00eddico, ya sea a t\u00edtulo gratuito u oneroso, ya sea total o parcial, sobre los PRODUCTOS contratados ni sobre los SERVICIOS prestados por PIPPOL.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.4. No utilizar los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS contratados con PIPPOL para fines il\u00edcitos, para realizar actividades que vayan en contra de las disposiciones normativas vigentes en cada momento, o que sean molestas, o que perjudiquen a terceros e impedir que otras personas, con o sin su conocimiento y\/o consentimiento, puedan utilizar dichos SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES para los mencionados fines prohibidos.<br \/>\nCumplir con los CODIGOS DE CONDUCTA y dem\u00e1s normativa reguladora dictada por los organismos competentes relativos al uso de los Servicios de Telecomunicaciones prestados por PIPPOL.<br \/>\nA estos efectos, el CLIENTE vendr\u00e1 obligado a cumplir con las \u00f3rdenes e instrucciones que pueda comunicarle PIPPOL con posterioridad a la aceptaci\u00f3n de las presentes CGC.<br \/>\nSi el CLIENTE se negara a cumplir con tales \u00f3rdenes e instrucciones, PIPPOL podr\u00e1 proceder a la suspensi\u00f3n, parcial, total, temporal e incluso definitiva, de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS indebidamente usados.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.5. Abonar a PIPPOL, puntualmente, las cantidades correspondientes al SERVICIO o SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES contratados, puestos a disposici\u00f3n y\/o usados de acuerdo con los PRECIOS Y TARIFAS de PIPPOL aplicables a cada PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES.<br \/>\nEl CLIENTE no se liberar\u00e1 del cumplimiento de esta obligaci\u00f3n de pago aunque el uso (o abuso) del SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS prestado por PIPPOL lo haya realizado una tercera persona, con o sin consentimiento y\/o conocimiento del CLIENTE.<br \/>\nEl incumplimiento por parte del CLIENTE de la obligaci\u00f3n puntual de pago facultar\u00e1 a PIPPOL para que pueda suspender, de manera provisional o incluso definitiva, la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS.<br \/>\nEn los casos de incumplimiento de la obligaci\u00f3n de pago, el CLIENTE AUTORIZA a PIPPOL y CONSIENTE a \u00e9sta de forma expresa, haciendo renuncia formal a cualquier derecho en contra que pudiera corresponderle, para que pueda comunicar sus datos a los diferentes registros y ficheros de morosos existentes o que se puedan crear en el futuro (ejemplificativamente, y sin que la siguiente lista tenga car\u00e1cter de cerrada, a RAI, ASNEF, BADEXCUG\u2026).<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.6. Abonar \u00edntegramente el precio fijo m\u00ednimo correspondiente al PRODUCTO DE TELECOMUNICACI\u00d3N contratado, aun cuando no hubiera usado o consumido la totalidad del SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS suscrito y puesto a su disposici\u00f3n, en aquellos casos en que el producto contratado incluya, suponga o implique un precio m\u00ednimo fijo a cambio de la puesta a disposici\u00f3n del CLIENTE de un m\u00ednimo de uso o consumo de un SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.7. Responsabilizarse de la seguridad e integridad de los equipos, aparatos f\u00edsicos y dispositivos electr\u00f3nicos y\/o inform\u00e1ticos (a trav\u00e9s de los cuales se reciban los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS prestados por PIPPOL) que se hallen o debieran hallarse en su poder, en su domicilio, dependencias, pertenencias o en lugares que est\u00e9n o debieran estar bajo su control y dominio, incluso veh\u00edculos particulares o de servicio p\u00fablico, as\u00ed como su protecci\u00f3n frente a virus, intrusos, hackers y, en general, ante cualquier agresi\u00f3n o ataque tecnol\u00f3gicos o f\u00edsicos que puedan impedir, alterar, modificar o dificultar de cualquier modo el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes.<br \/>\nEl CLIENTE, libre y voluntariamente, exonera a PIPPOL de toda responsabilidad que pueda derivarse, directa o indirectamente, de dicho uso fraudulento de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES puestos a su disposici\u00f3n o prestados por PIPPOL.<br \/>\nEn ning\u00fan caso, el uso abusivo o fraudulento de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS realizado por parte de cualquier tercero ajeno a PIPPOL, servir\u00e1 de base para discutir o denegar el pago de las cantidades facturadas al CLIENTE por PIPPOL en virtud del CONTRATO suscrito.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.8. Resarcir a PIPPOL de los da\u00f1os, perjuicios, costes y gastos que pudiera sufrir como consecuencia de un uso ilegal, fraudulento o inadecuado por el CLIENTE (o por terceros, con o sin su conocimiento y\/o consentimiento) del SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS prestado o puesto a disposici\u00f3n por aquella.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.9. Abstenerse de manipular o alterar, por ning\u00fan medio f\u00edsico, inform\u00e1tico ni de ninguna otra naturaleza, cualesquiera elementos, aparatos, equipos, cables o instalaciones a trav\u00e9s de los que se reciba o deba recibir la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS suscritos con PIPPOL con la finalidad de acceder a ellos y\/o utilizarlos en condici\u00f3n distinta a la de usuario final, para fines distintos de los contratados o de cualquier otra forma fraudulenta.<br \/>\nE impedir que otros, con o sin su conocimiento y\/o autorizaci\u00f3n, realicen tales actos prohibidos.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.10. Constituir a favor de PIPPOL, en la forma y por la cuant\u00eda que \u00e9sta considere m\u00e1s convenientes, cualquier tipo de dep\u00f3sito, fianza o incluso aval bancario, que en ning\u00fan caso ser\u00e1n remunerados, a fin de garantizar y asegurar el abono puntual de los servicios.<br \/>\nEl incumplimiento de esta obligaci\u00f3n facultar\u00e1 a PIPPOL a suspender la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS hasta tanto se constituya la garant\u00eda solicitada.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.11. Firmar f\u00edsicamente el documento que contiene el &#8220;Mandato SEPA&#8221; y remitir su original conteniendo dicha firma a PIPPOL (salvo que la firma y entrega de dicho &#8220;Mandado SEPA&#8221; a PIPPOL se hubiera realizado al suscribir el CONTRATO), a la siguiente direcci\u00f3n: PIPPOL TELEFONIA CLOUD PROFESIONAL, S.L. Calle Pujades , 51 C.P. 08005 de Barcelona. El plazo para el cumplimiento de esta obligaci\u00f3n por parte del CLIENTE ser\u00e1 de 30 (treinta) d\u00edas naturales contados desde la fecha de la firma del contrato.<br \/>\nPIPPOL se reserva el derecho de proceder a no prestar los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS suscritos, o a suspender la prestaci\u00f3n de los ya iniciados hasta que el CLIENTE cumpla con esta obligaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.12. Cuando las caracter\u00edsticas del PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES contratado con PIPPOL as\u00ed lo requieran, el CLIENTE deber\u00e1 disponer de los aparatos, equipos, terminales, instalaciones e infraestructuras adecuadas para la recepci\u00f3n de los SERVICIOS contratados.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.13. Cumplir con las dem\u00e1s obligaciones y prohibiciones derivadas del CONTRATO suscrito con PIPPOL, de las presentes CGC, o las que le vengan impuestas por la vigente legislaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.1.14 Permanecer de alta efectiva en cualesquiera servicios de Telecomunicaciones Electr\u00f3nicas durante cuarenta y ocho (48) meses contados desde la fecha de su contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>3.2. Obligaciones espec\u00edficas del CLIENTE para los casos de suministro de equipos, aparatos, m\u00e1quinas, terminales, enrutadores y, en general cualquier tipo de HARDWARE propiedad de PIPPOL.<br \/>\nCuando, por el producto contratado, el CLIENTE, adem\u00e1s de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS, reciba cualquier tipo de HARDWARE electr\u00f3nico y\/o inform\u00e1tico asociado que sea propiedad de PIPPOL, dicho hardware se considerar\u00e1 entregado al CLIENTE por PIPPOL en r\u00e9gimen de alquiler de bien o cosa mueble.<br \/>\nEn tales casos, ser\u00e1n obligaciones del CLIENTE, adem\u00e1s de las que se establecen con car\u00e1cter general, las siguientes:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.2.1. Firmar el albar\u00e1n estandarizado de recepci\u00f3n de los mencionados equipos donde figurar\u00e1n la clase, el n\u00famero de unidades, las marcas, los modelos, los n\u00fameros de serie y cualesquiera otros datos y caracter\u00edsticas identificativas que permitan su individualizaci\u00f3n entre un grupo de otros similares.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.2.2. Dar al HARDWARE PIPPOL un uso racional, normal y adecuado a su finalidad, y cuidarlo y mantenerlo con la debida diligencia procurando, por todos los medios a su alcance, que no sean alterados, manipulados da\u00f1ados, destruidos, hurtados, robados o sustra\u00eddos ni perjudicados de ning\u00fan otro modo.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.2.3. Abonar a PIPPOL puntualmente, en la misma factura y junto con el precio de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, el canon arrendaticio por los mencionados equipos.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.2.4. Suscribir, a su costa, una p\u00f3liza de seguro (o ampliar la p\u00f3liza de que disponga) para garantizar cualquier siniestro que pueda afectar al HARDWARE PIPPOL, desde su destrucci\u00f3n total o parcial por cualquier causa, a su hurto, robo o sustracci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.2.5. Comunicar de inmediato a PIPPOL, de manera fehaciente, cualquier tipo de reclamaci\u00f3n, acci\u00f3n judicial o administrativa, demanda, embargo o apremio que se produzca o dirija sobre los equipos suministrados por PIPPOL.<br \/>\nCon independencia de ello, en esos mismos casos, el CLIENTE, en la forma establecida por las leyes vigentes aplicables a cada caso en concreto, deber\u00e1 proceder a poner formal y fehacientemente en conocimiento de cualquier tercero que dirija tales acciones contra el HARDWARE PIPPOL, que dichos equipos son propiedad de PIPPOL y que el CLIENTE dispone de ellos en r\u00e9gimen y a t\u00edtulo de arrendamiento.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.2.6. Constituir a favor de PIPPOL, en la forma que el cliente considere m\u00e1s conveniente (ingreso en cuenta, transferencia bancaria, cargo contra tarjeta de cr\u00e9dito\u2026) cualquier tipo de dep\u00f3sito, fianza o incluso aval bancario, que en ning\u00fan caso ser\u00e1n remunerados, para garantizar el cobro de las rentas correspondientes al HARDWARE PIPPOL.<br \/>\nDicho dep\u00f3sito, garant\u00eda, fianza o aval bancario podr\u00e1n alcanzar el cien por cien (100%) del precio del HARDWARE PIPPOL objeto de entrega al CLIENTE.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.2.7. Permanecer de alta efectiva en el SERVICIO asociado al HARDWARE PIPPOL durante cuarenta y ocho (48) meses contados desde la fecha de la recepci\u00f3n de los equipos.<br \/>\nSalvo que las caracter\u00edsticas propias de un determinado PRODUCTO DE TELECOMUNICACIONES contratado con PIPPOL determine una consecuencia distinta, la baja anticipada en el SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES asociado al HARDWARE PIPPOL, llevar\u00e1 aparejada la obligaci\u00f3n del CLIENTE de abonar a PIPPOL, en un \u00fanico pago, el 100 % del importe total de las rentas pendientes de satisfacer hasta completar las 48 rentas comprometidas o, en su caso, la p\u00e9rdida de la suma depositada o afianzada o la ejecuci\u00f3n del aval bancario hasta cubrir el coste del HARDWARE PIPPOL.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.2.8. Devolver a PIPPOL, a la finalizaci\u00f3n del contrato y en buenas condiciones de uso, el HARDWARE PIPPOL recibido o, en su caso, adquirirlo por el precio residual.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.2.9. PIPPOL se reserva el derecho de no entregar o solicitar la devoluci\u00f3n del HADWARE al que se refiere esta condici\u00f3n en caso de incumplimiento por parte del CLIENTE de cualesquiera de las obligaciones por \u00e9l asumidas con relaci\u00f3n al mismo.<\/p>\n<p>3.3. Obligaciones espec\u00edficas del CLIENTE en aquellos casos en que fuera necesaria la realizaci\u00f3n de cualquier tipo de instalaci\u00f3n en sus dependencias por parte de personal autorizado por PIPPOL.<\/p>\n<p>En aquellos casos en que el CLIENTE deba realizar, en su domicilio o dependencias, cualesquier tipo de instalaciones para el adecuado o correcto funcionamiento de equipos, aparatos o HARDWARE y poder recibir, a trav\u00e9s de ellos, los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES contratados con PIPPOL, si tales instalaciones debiera efectuarlas personal autorizado por PIPPOL, ser\u00e1n obligaciones del CLIENTE:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.3.1. Tener preparada, con anterioridad a la firma del CONTRATO, la infraestructura necesaria para que se pueda realizar la instalaci\u00f3n. Se entiende por infraestructura disponer de techo o suelo t\u00e9cnicos, de conexiones de red, de conexiones el\u00e9ctricas, de armarios (rack), etc. necesarias para que los equipos o HARDWARE suministrados por PIPPOL puedan ser instalados y\/o programados sin obras de ning\u00fan tipo en las dependencias del CLIENTE.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.3.2. Abonar, contra la realizaci\u00f3n de aquellas instalaciones que fuera necesario realizar por personal autorizado por PIPPOL, el importe de la factura correspondiente a los trabajos efectuados.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.3.3. Permitir a personal autorizado por PIPPOL la entrada y acceso a las dependencias donde el CLIENTE tenga los equipos instalados por PIPPOL a fin de su instalaci\u00f3n y o montaje y su desmontaje y retirada.<\/p>\n<p>3.4. OBLIGACIONES ESPEC\u00cdFICAS DEL CLIENTE EN RELACI\u00d3N CON LA PRESTACI\u00d3N DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES M\u00d3VIL (TR\u00c1FICO DE VOZ Y DATOS) POR EL SISTEMA DE TARJETA PREPAGO.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.4.1. El CLIENTE tendr\u00e1 un plazo de sesenta (60) d\u00edas naturales contados desde la fecha activaci\u00f3n de la tarjeta SIM, desde la \u00faltima recarga, desde la \u00faltima llamada, desde el \u00faltimo SMS enviado o desde el \u00faltimo evento de datos realizados para consumir el saldo pendiente.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.4.2. Transcurrido el plazo de sesenta (60) d\u00edas a que se refiere el punto anterior sin que el CLIENTE haya vuelto a realizar recargas, llamadas, env\u00edos de SMS o tr\u00e1fico de datos, el saldo pendiente de consumir ser\u00e1 bloqueado y solo se podr\u00e1n recibir llamadas y SMS y realizar llamadas de emergencia.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.4.3. Una vez bloqueado el saldo pendiente de consumir conforme a lo previsto en el p\u00e1rrafo anterior, el CLIENTE dispone de un plazo adicional de treinta (30) d\u00edas para realizar una nueva recarga de saldo en la tarjeta SIM.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.4.4. Si en el plazo de treinta (30) al que se refiere el punto anterior el CLIENTE no ha efectuado ninguna nueva recarga, perder\u00e1 el saldo pendiente de utilizar y su n\u00famero de m\u00f3vil.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.4.5. Si en el plazo de treinta (30) d\u00edas al que se refiere el punto 3.4.3. el CLIENTE efectuara una nueva recarga, recuperar\u00e1 el saldo bloqueado que se sumar\u00e1 al saldo recargado y volver\u00e1 a iniciarse el per\u00edodo de sesenta (60) d\u00edas a que se refiere el punto 3.4.1.<\/p>\n<p>3.5. Obligaciones espec\u00edficas del CLIENTE en relaci\u00f3n con la prestaci\u00f3n de SERVICIOS de INTERNET o TR\u00c1FICO DE DATOS<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.5.1. El Cliente deber\u00e1 disponer de las instalaciones, infraestructuras y aparatos o terminales adecuados (salvo que, con relaci\u00f3n a dichos aparatos y terminales, la PRESTACI\u00d3N DE LOS SERVICIOS DE INTERNET O TR\u00c1FICO DE DATOS vaya acompa\u00f1ada de entrega de HARDWARE PIPPOL) para la recepci\u00f3n, a trav\u00e9s de los mismos, de los SERVICIOS DE TR\u00c1FICO DE DATOS contratados o suscritos con PIPPOL.<\/p>\n<p>3.6. Obligaciones espec\u00edficas del cliente en relaci\u00f3n con los supuestos de preasignaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">3.6.1. En los supuestos en que as\u00ed proceda, la firma del contrato de prestaci\u00f3n de servicios de telecomunicaciones con PIPPOL supondr\u00e1, de forma autom\u00e1tica, la concesi\u00f3n a \u00e9sta de las correspondientes autorizaciones para realizar las correspondientes solicitudes de preasignaci\u00f3n al operador de acceso a favor de PIPPOL.<br \/>\nPIPPOL no ser\u00e1 responsable en ning\u00fan caso cuando el Operador de Acceso deniegue la autorizaci\u00f3n efectuada en nombre de PIPPOL en aquellos supuestos en que dicha denegaci\u00f3n no sea imputable a \u00e9sta.<\/p>\n<h4>4. DERECHOS DEL CLIENTE<\/h4>\n<p>4.1. Derechos gen\u00e9ricos del CLIENTE<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de cualesquiera otros que se deduzcan del CONTRATO de prestaci\u00f3n de SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS suscrito con PIPPOL, de las presentes CGC y\/o de las normas legales o reglamentarias vigentes aplicables en cada momento, el CLIENTE tiene los siguientes derechos:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.1.1. A la libre elecci\u00f3n y adquisici\u00f3n, en el mercado, de cualesquiera terminales, equipos y aparatos electr\u00f3nicos y\/o inform\u00e1ticos, debidamente homologados, que sean aptos para la recepci\u00f3n, a trav\u00e9s de ellos, de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS prestados por PIPPOL.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.1.2. A recibir de PIPPOL la prestaci\u00f3n efectiva de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS suscritos en los t\u00e9rminos, con la extensi\u00f3n, la calidad y los l\u00edmites contratados o, en su defecto, los m\u00e1s \u00f3ptimos que sean posibles atendidos el estado de la tecnolog\u00eda actual en cada momento y\/o la localizaci\u00f3n geogr\u00e1fica donde, efectivamente, los mismos deban ser recibidos por el CLIENTE.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.1.3. A contactar con el SAT PIPPOL en horario comercial de 09:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, salvo los s\u00e1bados, domingos y festivos de \u00e1mbito nacional en que dicho servicio se prestar\u00e1 de 11:00 a 18:00 horas, para realizar cualquier consulta, formular cualquier queja o reclamaci\u00f3n o solicitar cualquier asistencia t\u00e9cnica en relaci\u00f3n con los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS prestados por PIPPOL.<br \/>\nPIPPOL se reserva el derecho de modificar el horario de prestaci\u00f3n de este servicio previa publicaci\u00f3n de los nuevos horarios en la p\u00e1gina web www.pippol.es<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.1.4. A formular las reclamaciones y\/o quejas que tenga por convenientes de acuerdo al CONTRATO, las presentes CGC, los PRECIOS Y TARIFAS de los PRODUCTOS O SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES PIPPOL o la legislaci\u00f3n vigente en cada momento, a obtener un n\u00famero de referencia por cada incidente que se produzca en la recepci\u00f3n de los SERVICIOS contratados y a hacer un seguimiento hasta la total resoluci\u00f3n del incidente que se pueda haber producido.<br \/>\nEl plazo para formular cualquier queja o reclamaci\u00f3n ser\u00e1 de treinta (30) d\u00edas naturales contado desde la fecha en que se produjo el hecho que la motiva.<br \/>\nEl CLIENTE tiene derecho a obtener una respuesta a su queja o reclamaci\u00f3n dentro del plazo de treinta (30) d\u00edas contado desde la fecha de interposici\u00f3n de la misma.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.1.5. A acceder y obtener, al coste que figure en las TARIFAS DE PRECIOS PIPPOL, con las consiguientes modificaciones contractuales, a la prestaci\u00f3n de SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS distintos, suplementarios, adicionales o superiores a los contratados.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.1.6. A solicitar y obtener en cualquier momento, a salvo los efectos previstos para los supuestos de permanencia o penalizaci\u00f3n, una modificaci\u00f3n parcial o total de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS contratados por otros distintos.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.1.7. A resolver y desistir unilateralmente del CONTRATO suscrito con PIPPOL en cualquier momento, a salvo los efectos previstos para los supuestos de permanencia o penalizaci\u00f3n.<br \/>\nTanto en los supuestos de modificaci\u00f3n total o parcial como en los casos de resoluci\u00f3n o desistimiento unilateral del CONTRATO por parte del CLIENTE, PIPPOL podr\u00e1 exigir cuantos justificantes considere precisos para acreditar que el solicitante de la modificaci\u00f3n, resoluci\u00f3n o desistimiento es el CLIENTE o una persona debidamente autorizada por \u00e9l.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.1.8. A solicitar y obtener un descuento en el importe de la factura, que ser\u00e1 proporcional al tiempo que hubiera podido durar la suspensi\u00f3n temporal de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS, cuando tal suspensi\u00f3n se deba a causas imputables a PIPPOL.<br \/>\nEn el caso de que dichos SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS consistan en pago por consumo, para el c\u00e1lculo del descuento correspondiente al tiempo de la suspensi\u00f3n de dichos SERVICIOS se tendr\u00e1 en cuenta el promedio del consumo de los seis (6) \u00faltimos meses anteriores.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.1.9. A solicitar la resoluci\u00f3n unilateral de CONTRATO DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS suscrito con PIPPOL dentro del plazo de catorce (14) d\u00edas h\u00e1biles contados desde la fecha de suscripci\u00f3n del mismo cuando se hubiera formalizado por medios telem\u00e1ticos, telef\u00f3nicos o inform\u00e1ticos o cualquier otra modalidad sujeta a la legislaci\u00f3n reguladora del comercio electr\u00f3nico.<br \/>\nAunque no se llegaran a modificar en este sentido las presentes CGC, el plazo para que el CLIENTE pueda instar y proceder a la soluci\u00f3n unilateral del CONTRATO, cuando \u00e9ste se hubiera suscrito dentro del \u00e1mbito de la normativa reguladora del comercio electr\u00f3nico, ser\u00e1 siempre el que establezca la mencionada legislaci\u00f3n, aun cuando dicho plazo sea distinto al que se menciona en el presente punto 4.1.9.<\/p>\n<p>4.2. Derechos espec\u00edficos del CLIENTE para los casos de suministro de equipos, aparatos, m\u00e1quinas, terminales, enrutadores y, en general cualquier tipo de hardware propiedad de PIPPOL.<br \/>\nCuando el CLIENTE, adem\u00e1s de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS, haya pactado que le sea suministrado, en r\u00e9gimen de alquiler, cualquier tipo de HARDWARE PIPPOL, ostentar\u00e1 los siguientes derechos<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.2.1. Obtener gratuitamente copia del albar\u00e1n de entrega y recepci\u00f3n de equipos donde figurar\u00e1n la clase, el n\u00famero de unidades, las marcas, los modelos, los n\u00fameros de serie y cualesquiera otros datos y caracter\u00edsticas identificativas que permitan su individualizaci\u00f3n entre un grupo de otros similares.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.2.2. A que, sobre dicho HARDWARE PIPPOL, se realicen los mantenimientos y\/o reparaciones que sean necesarios, siempre que las necesidades de tales reparaciones y\/o mantenimientos se deban, \u00fanica y exclusivamente, al deterioro propio por el uso normal y diligente de los equipos.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.2.3. A que se sustituya el HARDWARE PIPPOL cuando, de origen, sea entregado con vicios o defectos que impidan su uso para el fin al que est\u00e1 destinado.<br \/>\nLa garant\u00eda a que se refiere esta condici\u00f3n 4.2.3. se llevar\u00e1 a efecto en la forma, tiempo y plazos previstos por el fabricante de los equipos seg\u00fan la documentaci\u00f3n adjunta a cada elemento del HARDWARE PIPPOL que sea objeto de entrega.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.2.4. Adquirir o devolver el HARDWARE PIPPOL en cualquier momento del arrendamiento abonando a PIPPOL el precio o valor residual de los mismos.<br \/>\nSe considera como precio o valor residual del HARDWARE PIPPOL el resultante de sumar el importe total de las rentas que resten por abonar hasta cubrir los cuarenta y ocho (48) primeros meses desde el inicio del arrendamiento de los mismos.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.2.5 Cuando el CONTRATO de prestaci\u00f3n de SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS que se pretenda modificar, resolver o respecto del que se pretenda el cambio de operadora fuera unido a una obligaci\u00f3n de permanencia derivada de la entrega y\/o financiaci\u00f3n de cualquier tipo de HARDWARE y\/odela realizaci\u00f3n de instalaciones en el domicilio o dependencias del CLIENTE, o figurara as\u00ed v\u00e1lidamente consignado en el CONTRATO y\/o en el ANEXO &#8220;CARACTER\u00cdSTICAS PROPIAS DE CADA UNO DE LOS DIFERENTES PRODUCTOS Y SERVICIOS DE COMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS COMERCIALIZADOS, FACILITADOS, PRESTADOS, PROVE\u00cdDOS, SUMINISTRADOS Y\/O PUESTOS A DISPOSICI\u00d3N POR PIPPOL&#8221;, la novaci\u00f3n o resoluci\u00f3n unilateral del CONTRATO por parte del CLIENTE,o la solicitud de cambio de operador por parte del CLIENTE llevar\u00e1 aparejada la obligaci\u00f3n de \u00e9ste de abonar a PIPPOL la penalizaci\u00f3n que, por dichas entregas, instalaciones o causas consignadas para cada caso concreto<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.2.6. Solicitar y obtener, una vez transcurridos cuarenta y ocho (48) meses desde la entrega del HARDWARE PIPPOL, la devoluci\u00f3n del dep\u00f3sito, garant\u00eda, fianza o aval bancario constituidos en la forma prevista por el punto 3.2.6 de estas CGC.<br \/>\nLa devoluci\u00f3n del dep\u00f3sito, fianza o garant\u00eda, cuando se hubiera prestado en dinero, se efectuar\u00e1 a trav\u00e9s del mismo medio en que se hubiera constituido. En los dem\u00e1s casos, se efectuar\u00e1 mediante la devoluci\u00f3n del aval o instrumento documental que hubiera entregado el CLIENTE.<\/p>\n<p>4.3. Derechos espec\u00edficos del CLIENTE con relaci\u00f3n a los SERVICIOS espec\u00edficos de TELEFON\u00cdA o TR\u00c1FICO DE VOZ<\/p>\n<p>El CLIENTE que suscriba con PIPPOL cualquier contrato relativo a la prestaci\u00f3n de SERVICIOS DE TELEFON\u00cdA y\/o TR\u00c1FICO DE VOZ tendr\u00e1 los siguientes derechos:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.3.1. Solicitar en cualquier momento, salvo los efectos propios en caso de haber adquirido un compromiso de permanencia o penalizaci\u00f3n, la portabilidad a otro operador de telecomunicaciones en las condiciones y cumpliendo con los requisitos establecidos por la legislaci\u00f3n vigente.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.3.2. Conservar su n\u00famero telef\u00f3nico de acuerdo y conforme a lo dispuesto por la legislaci\u00f3n vigente.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.3.3. Cuando se trate de servicios de tr\u00e1fico de voz a trav\u00e9s de un TEL\u00c9FONO FIJO, el cliente podr\u00e1 obtener de PIPPOL, de forma gratuita por hasta tres veces en un per\u00edodo de un a\u00f1o, la conexi\u00f3n y\/o desconexi\u00f3n respecto de los servicios de tarificaci\u00f3n adicional.<br \/>\nTales peticiones de conexi\u00f3n y\/o desconexi\u00f3n deber\u00e1n ser realizadas por el CLIENTE bien mediante correo electr\u00f3nico dirigido a sat@pippol.es, adjuntando fotocopia del Documento Nacional de Identidad, del N\u00famero de Identificaci\u00f3n de Extranjeros o del Pasaporte o bien mediante cualquier otro medio que permita dejar constancia escrita de la petici\u00f3n y de la titularidad del solicitante.<br \/>\nCuando el CLIENTE no sea persona f\u00edsica, se requerir\u00e1 que la persona solicitante sea la misma que figura en el CONTRATO suscrito con PIPPOL o, en caso de ser otra distinta, el documento acreditativo de la representaci\u00f3n que ostente y acredite.<br \/>\nEl cliente deber\u00e1 efectuar las peticiones de conexi\u00f3n y\/o desconexi\u00f3n con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de siete (7) d\u00edas h\u00e1biles previos a la fecha en que pretenda la efectividad de su petici\u00f3n.<br \/>\nEl CLIENTE ser\u00e1 responsable de todos los gastos generados por el uso de los servicios de tarificaci\u00f3n adicional cuanto tales gastos se hubieran generado entre la fecha de la solicitud de desconexi\u00f3n y la fecha de finalizaci\u00f3n del plazo de siete (7) d\u00edas a que se refiere el p\u00e1rrafo inmediatamente anterior.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.3.4. A solicitar y obtener, en la medida que el estado de la tecnolog\u00eda vigente en cada momento lo permita, la restricci\u00f3n de llamadas entrantes respecto de los n\u00fameros telef\u00f3nicos que designe.<br \/>\nEste derecho solo podr\u00e1 ser ejercitado con relaci\u00f3n a los SERVICIOS DE TR\u00c1FICO DE VOZ relativos a un tel\u00e9fono fijo.<br \/>\nCuando se trate de SERVICIOS DE TR\u00c1FICO DE VOZ relativos a un tel\u00e9fono m\u00f3vil, el derecho a restringir las llamadas entrantes respecto de uno o varios n\u00fameros determinados depende enteramente del CLIENTE toda vez que tales restricciones pueden ser realizadas desde su propio terminal telef\u00f3nico.<\/p>\n<p>4.4. Derechos espec\u00edficos del CLIENTE en relaci\u00f3n con los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS (tr\u00e1fico de voz y datos) que hayan de ser prestados a trav\u00e9s de tel\u00e9fono m\u00f3vil.<\/p>\n<p>En los casos en que el CLIENTE hubiera contratado con PIPPOL cualesquiera servicios de TR\u00c1FICO DE VOZ Y DATOS para su uso a trav\u00e9s de TEL\u00c9FONO M\u00d3VIL, aquel tendr\u00e1 los siguientes derechos:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.4.1. A obtener, con el coste fijado en los PRECIOS y TARIFAS de los PRODUCTOS Y SERVICIOS PIPPOL, la TARJETA SIM PIPPOL a fin de poder recibir la prestaci\u00f3n del SERVICIO de TELEFON\u00cdA m\u00f3vil contratado.<br \/>\nEl CLIENTE tiene derecho a recibir la tarjeta SIM en un plazo de cinco (5) d\u00edas laborables desde que haya formalizado el contrato de SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES para que sean prestados POR PIPPOL a trav\u00e9s de TEL\u00c9FONO M\u00d3VIL.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.4.2. A solicitar y obtener gratuitamente de PIPPOL el corte o suspensi\u00f3n temporal de la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELEFON\u00cdA M\u00d3VIL o, en su caso, la anulaci\u00f3n de la TARJETA SIM PIPPOL operativa en caso de mediar denuncia por robo, hurto, sustracci\u00f3n o uso fraudulento del terminal telef\u00f3nico o de la TARJETA SIM PIPPOL o de clonaci\u00f3n de \u00e9sta.<br \/>\nA obtener, en el mismo plazo de cinco (5) d\u00edas laborables desde que lo solicite y al coste fijado en los PRECIOS Y TARIFAS de los PRODUCTOS Y SERVICIOS PIPPOL, una nueva TARJETA SIM PIPPOL as\u00ed como a solicitar la reanudaci\u00f3n del SERVICIO DE TELEFON\u00cdA suspendido.<br \/>\nTodos los importes correspondientes a consumos por uso de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS correspondientes al per\u00edodo anterior a la formalizaci\u00f3n de la solicitud a PIPPOL del corte, la suspensi\u00f3n o la anulaci\u00f3n de la TARJETA SIM PIPPOL correr\u00e1n, en todo caso, a cargo del CLIENTE.<br \/>\nEl CLIENTE no tendr\u00e1 derecho, en los casos en que solicite la suspensi\u00f3n temporal de los SERVICIOS DE TELEFON\u00cdA M\u00d3VIL por cualquiera de los motivos expresados en este numeral, a una reducci\u00f3n en el importe de la factura correspondiente que sea proporcional al tiempo que haya durado la suspensi\u00f3n del SERVICIO.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.4.3. A obtener de PIPPOL, de forma gratuita por hasta tres veces en un per\u00edodo de un a\u00f1o, la conexi\u00f3n y\/o desconexi\u00f3n respecto de los servicios de tarificaci\u00f3n adicional as\u00ed como respecto del tr\u00e1fico de voz y datos internacional (roaming o itinerancia).<br \/>\nTales peticiones de conexi\u00f3n y\/o desconexi\u00f3n deber\u00e1n ser realizadas por el CLIENTE bien mediante correo electr\u00f3nico dirigido a sat@pippol.es, adjuntando fotocopia del Documento Nacional de Identidad, N\u00famero de Identificaci\u00f3n de Extranjeros o N\u00famero de Pasaporte; bien mediante telf.. al n\u00famero de tel\u00e9fono 935 95 95 00 o bien mediante cualquier otro medio que permita dejar constancia escrita.<br \/>\nEl cliente deber\u00e1 efectuar las peticiones de conexi\u00f3n y\/o desconexi\u00f3n con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de siete (7) d\u00edas previos a la fecha en que pretenda la efectividad de su petici\u00f3n.<br \/>\nEl CLIENTE ser\u00e1 responsable de todos los gastos generados por el uso de los servicios de tarificaci\u00f3n adicional o de tr\u00e1fico de voz internacional cuanto tales gastos se hubieran generado entre la fecha de la solicitud de desconexi\u00f3n y la fecha de finalizaci\u00f3n del plazo de siete (7) d\u00edas a que se refiere el p\u00e1rrafo inmediatamente anterior.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.4.4. En todo caso, y salvo previo afianzamiento mediante cualquier sistema de garant\u00eda por la cuant\u00eda y en la forma que en cada caso determine PIPPOL (aval bancario no remunerado, dep\u00f3sito en efectivo no remunerado, datos de tarjeta de cr\u00e9dito\u2026), \u00e9sta proceder\u00e1 a cortar LOS SERVICIOS DE TR\u00c1FICO DE DATOS cuando el importe del consumo alcance la cantidad de: 50,00\u20ac.- (cincuenta euros).<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">4.4.5. En los casos en que el CLIENTE solicite la activaci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS en itinerancia o roaming, PIPPOL se reserva el derecho de condicionar dicha activaci\u00f3n hasta que, en su caso, el CLIENTE no garantice, por la cuant\u00eda y en la forma que PIPPOL determine (n\u00famero de tarjeta de cr\u00e9dito, deposito en efectivo no remunerado, aval bancario\u2026), el pago del consumo extraordinario.<\/p>\n<h4>5. OBLIGACIONES DE PIPPOL<\/h4>\n<p>5.1. Obligaciones gen\u00e9ricas<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de las que se correspondan con los derechos propios del CLIENTE de acuerdo con lo previsto en las presentes CGC, del CONTRATO o se deriven de la legislaci\u00f3n vigente, PIPPOL asume las siguientes obligaciones:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">5.1.1 Prestar los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS contratados por el CLIENTE en los t\u00e9rminos y con los l\u00edmites pactados o, en su defecto, con los m\u00e1s \u00f3ptimos niveles de calidad posible atendidas las circunstancias tecnol\u00f3gicas existentes en el mercado y las geogr\u00e1ficas donde aquellos deban prestarse dentro de los l\u00edmites establecidos por la legislaci\u00f3n vigente en cada momento.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">5.1.2. Disponer de un &#8220;Servicio de Atenci\u00f3n Telef\u00f3nica al Cliente&#8221; (SAT) en horario de 09:00 a 19:00 horas de lunes a viernes y de 11:00 a 18:00 los d\u00edas s\u00e1bados, domingos y festivos de car\u00e1cter nacional, para atender efectivamente las quejas, reclamaciones, dudas, peticiones y cualesquiera otras consultas que pueda formular el CLIENTE con relaci\u00f3n a los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS prestados y\/o contratados.<br \/>\nEn los supuestos de quejas y\/o reclamaciones, ser\u00e1 obligaci\u00f3n de PIPPOL la asignaci\u00f3n de un n\u00famero de referencia a fin de que el CLIENTE pueda hacer un seguimiento de la incidencia hasta su total resoluci\u00f3n, al cual se podr\u00e1 notificar mediante llamada telef\u00f3nica al 93 595 95 00 o por correo electr\u00f3nico sat@pippol.es<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">5.1.3. Atender, solucionar y reparar, en el m\u00e1s breve plazo posible, cualquier aver\u00eda, mal funcionamiento o problema que pueda denunciar el CLIENTE cuando tales circunstancias sean por causa imputable a PIPPOL.<br \/>\nCuando la aver\u00eda o mal funcionamiento del servicio se deba a causa NO imputable a PIPPOL \u00e9sta, no obstante, est\u00e1 obligada a gestionar y mediar, con la mayor urgencia y diligencia posibles, en la soluci\u00f3n del problema.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">5.1.4. Facilitar al CLIENTE todo tipo de informaci\u00f3n que \u00e9ste solicite con relaci\u00f3n al CONTRATO, a las CGC aplicables, a las TARIFAS Y PRECIOS de los PRODUCTOS Y SERVICIOS PIPPOL, a las facturas y cargos girados al CLIENTE, a los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS prestados por PIPPOL o a cualesquiera modificaciones que puedan interesar al CLIENTE.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">5.1.5. Disponer de los medios t\u00e9cnicos y humanos necesarios para que la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS por parte de PIPPOL y el ejercicio de los derechos del CLIENTE pueda efectuarse en los t\u00e9rminos establecidos en el CONTRATO, las presentes CGC o se adec\u00faen a las disposiciones normativas vigentes en cada momento.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">5.1.6. Notificar el CLIENTE, con la antelaci\u00f3n que permitan las circunstancias, cualquier modificaci\u00f3n en las condiciones o precios de la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES ELECTR\u00d3NICAS.<\/p>\n<p>5.2. Obligaciones espec\u00edficas para los casos de entrega de equipos, aparatos, m\u00e1quinas, terminales, enrutadores y, en general cualquier tipo de hardware<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">5.2.1. A Cumplir con las obligaciones derivadas de la garant\u00eda para el buen funcionamiento del HARDWARE PIPPOL.<\/p>\n<p>5.3. Obligaciones espec\u00edficas en relaci\u00f3n con los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES a prestar a trav\u00e9s de tel\u00e9fono m\u00f3vil.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">5.3.1. Hacer llegar al CLIENTE, por el coste que figure en los PRECIOS Y TARIFAS PIPPOL, y dentro del plazo m\u00e1ximo de cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles desde que se solicite, la tarjeta SIM para que aquel pueda obtener la prestaci\u00f3n del SERVICIO contratado.<br \/>\nHacer llegar al CLIENTE, por el coste que figure en los PRECIOS Y TARIFAS PIPPOL, en el mismo plazo m\u00e1ximo de cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles desde que se solicite, un duplicado de la TARJETA SIM..<br \/>\nEn los casos de solicitud del duplicado PIPPOL se reserva el derecho de requerir cuantos documentos acrediten y justifiquen la identidad del CLIENTE como solicitante y la legitimidad de la solicitud formulada.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">5.3.2. Proceder de inmediato a suspender la operatividad de un n\u00famero de tel\u00e9fono cuando medie notificaci\u00f3n de denuncia, debidamente acreditada por parte del CLIENTE o de las autoridades policiales o judiciales, de robo, hurto o p\u00e9rdida del tel\u00e9fono, clonaci\u00f3n de la tarjeta o cualquier otra circunstancia que justifique la necesidad de tal medida.<br \/>\nPara ello, PIPPOL podr\u00e1 exigir cuantos documentos y justificantes crea necesarios en orden a asegurar y garantizar la identidad del CLIENTE y la legitimidad de la petici\u00f3n.<\/p>\n<h4>6. DERECHOS DE PIPPOL<\/h4>\n<p>6.1. Derechos gen\u00e9ricos<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de todos los que naturalmente se puedan considerar correlativos de las obligaciones del CLIENTE de acuerdo con lo previsto en las presentes CGC y de los que deriven de la legislaci\u00f3n vigente, PIPPOL tendr\u00e1 los siguientes derechos:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.1.1. Cobrar puntualmente el importe de las facturas emitidas por los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES prestados y\/o puestos a disposici\u00f3n del cliente.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.1.2. Comunicar a los archivos y registros de morosos los datos de todo aquel CLIENTE que incumpla las obligaciones econ\u00f3micas derivadas del CONTRATO.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.1.3. Suspender, total o parcialmente, temporal o definitivamente, la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES si el CLIENTE no abona puntualmente el total importe de la factura oportunamente emitida por PIPPOL.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.1.4. Suspender, temporal o definitivamente, la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES si el CLIENTE no remite a PIPPOL, en documento firmado original a la direcci\u00f3n postal &#8220;PIPPOL TELEFONIA CLOUD PROFESIONAL, S.L., calle Pujades, 5 de Barcelona, C.P. 08005\u201d toda la documentaci\u00f3n contractual necesaria para formalizar el CONTRATO o la relaci\u00f3n contractual y, muy especialmente, si no remite a PIPPOL, a la mencionada direcci\u00f3n postal, el documento firmado en original conteniendo el Mandato SEPA.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.1.5. En aquellos casos en que lo estime conveniente, solicitar y obtener del CLIENTE, en el momento, por la cuant\u00eda y en la forma en que estime m\u00e1s conveniente (n\u00famero de tarjeta de cr\u00e9dito, fianza o dep\u00f3sito en met\u00e1lico no remunerado, aval bancario\u2026) una garant\u00eda suficiente en orden a satisfacer el pago de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES a prestar.<br \/>\nCuando PIPPOL solicite dichas garant\u00edas, el alta o la continuaci\u00f3n en la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES para los que las mismas se requieran quedar\u00e1n condicionadas a que, efectivamente, se presenten las garant\u00edas requeridas. En caso contrario PIPPOL podr\u00e1 suspender la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES hasta que se hagan efectivas las garant\u00edas.<br \/>\nSi llegado que sea el momento del abono de la factura correspondiente, el CLIENTE no la hiciera efectiva puntualmente, PIPPOL podr\u00e1 aplicar de inmediato, y sin necesidad de previo requerimiento de pago, la garant\u00eda prestada por el CLIENTE para el pago de cuanto \u00e9ste adeude.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.1.6. Modificar unilateralmente, previo aviso al CLIENTE con la antelaci\u00f3n que en cada caso lo permitan las circunstancias, el precio de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES prestados.<\/p>\n<p>6.2. Derechos espec\u00edficos en caso de activaci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES en itinerancia o roaming.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.2.1. PIPPOL tendr\u00e1 derecho a exigir al CLIENTE, como condici\u00f3n para activar o mantener activos los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES en itinierancia o roaming, una garant\u00eda en la cuant\u00eda y la forma que determine (tarjeta de cr\u00e9dito, dep\u00f3sito en efectivo no remunerado, aval bancario\u2026), con la finalidad de asegurarse el cobro de las cantidades que pudieran corresponder por los servicios prestados en dicha itinerancia o roaming.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.2.2. Aunque el CLIENTE ya hubiera prestado la garant\u00eda en la forma y por cantidad que hubiera sido exigida por PIPPOL para la activaci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES en itinerancia o roaming, PIPPOL podr\u00e1 requerir a aquel un incremento de la misma en el caso y momento en que el importe de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES usados por el CLIENTE en itinerancia o roaming supere la cantidad previamente afianzada.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.2.3. PIPPOL podr\u00e1, en el caso de que el CLIENTE no satisfaga la garant\u00eda solicitada, negarse a activar o suspender la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES para los que aquella se hubiera exigido.<\/p>\n<p>6.3. Derechos especiales para los casos de entrega de equipos, aparatos, m\u00e1quinas, terminales, enrutadores y, en general cualquier tipo de HARDWARE PIPPOL<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.3.1. A que el CLIENTE firme el albar\u00e1n de entrega de los mencionados equipos donde figurar\u00e1n la clase, el n\u00famero de unidades, macas, modelos, n\u00fameros de serie y cualesquiera otros datos y caracter\u00edsticas que permitan identificarlos de entre otros similares.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.3.2. A cobrar puntualmente el canon o renta por el alquiler de los mencionados equipos.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.3.3. A que el cliente le resarza de los da\u00f1os y perjuicios que puedan sufrir los mencionados equipos.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.3.4. A exigir y obtener del CLIENTE, en la cuant\u00eda y forma que estime conveniente (n\u00famero de tarjeta de cr\u00e9dito, fianza en met\u00e1lico, aval bancario\u2026) una garant\u00eda suficiente en orden a satisfacer el cobro y percepci\u00f3n de las rentas y\/o el valor residual del HARDWARE PIPPOL arrendado.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">6.3.5. A recuperar el HARDWARE PIPPOL en los casos en que as\u00ed deba proceder por incumplimiento o extinci\u00f3n de la relaci\u00f3n contractual.<\/p>\n<h4>7. PRECIOS Y TARIFAS PIPPOL por la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES<\/h4>\n<p>7.1. PIPPOL tiene a disposici\u00f3n del CLIENTE, accesible a trav\u00e9s de la p\u00e1gina web: www.pippol.es, una detallada informaci\u00f3n de las TARIFAS, con los precios, las cuotas y los bonos y\/o consumos m\u00ednimos, aplicables a cada uno de los SERVICIOS o PAQUETES DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES que presta.<br \/>\nPIPPOL tambi\u00e9n tiene a disposici\u00f3n del CLIENTE, accesible a trav\u00e9s de la misma p\u00e1gina web www.pippol.es, una detallada informaci\u00f3n de las TARIFAS con los precios para TR\u00c1FICO DE VOZ y\/o DATOS en itinerancia o &#8220;roaming&#8221; cuando el CLIENTE realice o reciba llamadas o env\u00ede reciba SMS desde fuera del territorio espa\u00f1ol, as\u00ed como cuando realice TR\u00c1FICO DE DATOS fuera del territorio espa\u00f1ol utilizando, en todos los casos, los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES de PIPPOL.<\/p>\n<p>7.2. Los precios, las cuotas, los bonos, y, en su caso, los consumos m\u00ednimos de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES prestados o puestos a disposici\u00f3n por PIPPOL al CLIENTE ser\u00e1 el que, en cada caso, figure en las TARIFAS publicadas en la p\u00e1gina web a que se refiere el punto 7.1. de estas CGC, con las particularidades que, en su caso, figuren en el CONTRATO, para el concreto SERVICIO o PAQUETE DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES suscrito, vigentes al momento de realizar la contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>7.3. Salvo acuerdo expreso y escrito en contra, el precio, las cuotas, los bonos y\/o consumos m\u00ednimos de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES se consideran de devengo y abono mensual, prorrate\u00e1ndose por d\u00edas los per\u00edodos inferiores al mes completo y consider\u00e1ndose como completo el d\u00eda en que se suscriba el CONTRATO.<\/p>\n<p>7.4. Los precios, las cuotas, los bonos y\/o los consumos m\u00ednimos de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES prestados o puestos a disposici\u00f3n por PIPPOL al CLIENTE ser\u00e1n incrementados con los impuestos, tasas y dem\u00e1s cargos que sean aplicables de acuerdo a la legislaci\u00f3n vigente en cada momento.<br \/>\nEn todo caso, ser\u00e1 de cuenta exclusiva y cargo del CLIENTE el pago de cuantos impuestos, tasas y dem\u00e1s tributos que deban recaer sobre el precio por la prestaci\u00f3n o puesta a disposici\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMINICACIONES.<\/p>\n<p>7.5. Los precios, las cuotas, los bonos y\/o los consumos m\u00ednimos podr\u00e1n ser modificados por PIPPOL en cualquier momento.<br \/>\nCuando la modificaci\u00f3n de los precios, las cuotas, los bonos y\/ los consumos m\u00ednimos consistan en un incremento de los mismos, PIPPOL deber\u00e1 notificar al CLIENTE su decisi\u00f3n de modificar al alza los precios, debiendo mediar un plazo m\u00ednimo de treinta d\u00edas naturales entre dicha notificaci\u00f3n y la fecha efectiva del incremento.<br \/>\nEn estos mismos casos, el CLIENTE, dentro del plazo a que se refiere el p\u00e1rrafo inmediatamente anterior, podr\u00e1 resolver el CONTRATO sin m\u00e1s obligaci\u00f3n que comunicarlo as\u00ed a PIPPOL mediante cualquier medio que permita dejar constancia por cualquier medio admitido en Derecho.<\/p>\n<h4>8. FACTURACI\u00d3N DE LOS SERVICIOS<\/h4>\n<p>8.1. PIPPOL facturar\u00e1 al CLIENTE, mensualmente, las cantidades que \u00e9ste debe abonar por la utilizaci\u00f3n o puesta a su disposici\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. La facturaci\u00f3n ser\u00e1 mensual, a mes vencido, y se referir\u00e1 a los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES usados o puestos a disposici\u00f3n del CLIENTE durante el mes inmediatamente al momento de la facturaci\u00f3n.<br \/>\nNo obstante ello, PIPPOL dispondr\u00e1 de un plazo m\u00ednimo de tres (3) meses, contados desde la fecha en que se haya producido el uso, consumo o puesta a disposici\u00f3n del SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES, para la emisi\u00f3n de la factura correspondiente a los mismos.<\/p>\n<p>8.2. Las facturas se emitir\u00e1n en soporte electr\u00f3nico y formato Perfect Document Fomrat (PDF) y estar\u00e1n a disposici\u00f3n del CLIENTE en el &#8220;\u00c1rea del Cliente&#8221; de la p\u00e1gina web: www.heos.es con objeto que puedan ser imprimidas o descargadas a un ordenador personal, tableta o tel\u00e9fono inteligente.<\/p>\n<p>8.3. El CLIENTE, con el fin de salvaguardar sus derechos de privacidad, solo tendr\u00e1 acceso a la factura mediante el sistema de &#8220;logeo&#8221; en el &#8220;\u00c1rea del Cliente&#8221; de la mencionada p\u00e1gina web cumplimentando los campos correspondientes a su nombre de usuario y contrase\u00f1a.<\/p>\n<p>8.4. En las facturas aparecer\u00e1 el importe que debe abonar el CLIENTE.<br \/>\nEse importe deber\u00e1 ser detallado y desglosado en los siguientes conceptos:<\/p>\n<ul>\n<li>\u00a0Los cargos derivados de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES prestados, efectivamente utilizados y\/o puestos a disposici\u00f3n por PIPPOL a favor del CLIENTE.<\/li>\n<li>\u00a0Los descuentos y promociones aplicables.<\/li>\n<li>\u00a0Los impuestos aplicables.<\/li>\n<\/ul>\n<h4>9. PAGO DE LOS SERVICIOS<\/h4>\n<p>9.1. La factura mensualmente emitida por PIPPOL deber\u00e1 ser satisfecha puntualmente por el CLIENTE.<\/p>\n<p>9.2. La falta de pago puntual de las facturas, o su devoluci\u00f3n por la entidad bancaria donde estuviera domiciliado su pago, facultar\u00e1 a PIPPOL a suspender la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS en un plazo de siete (7) d\u00edas naturales desde el impago o la devoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>9.2. En caso de impago de tres facturas cualesquiera, Pippol podr\u00e1 aplicar lo previsto en el \u00faltimo p\u00e1rrafo del apartado 11.1 de estas Condiciones Generales.<\/p>\n<h4>10. OTRAS CONDICIONES<\/h4>\n<p>10.1. La no utilizaci\u00f3n por parte del CLIENTE, dentro del per\u00edodo mensual correspondiente, de la totalidad de los servicios consumibles contratados cuando se trate de productos que consistan en unos m\u00ednimos de minutos de tr\u00e1fico de voz o volumen (megas) de tr\u00e1fico de datos, NO permitir\u00e1 la acumulaci\u00f3n, para el per\u00edodo siguiente.<\/p>\n<h4>11. SUSPENSI\u00d3N DE LOS SERVICIOS<\/h4>\n<p>11.1. Si el CLIENTE dejara de abonar puntualmente el importe, total o parcial, de cualquiera de los cargos bancarios o de las facturas que le girara o remitiera PIPPOL por la prestaci\u00f3n o puesta a su disposici\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES y\/o por el arrendamiento del HARDWARE PIPPOL, \u00e9sta podr\u00e1 proceder a restringir y\/o suspender provisional o temporalmente la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS afectados por el impago correspondientes al contrato suscrito con el CLIENTE.<br \/>\nA esto mismo habr\u00e1 lugar cuando el CLIENTE proceda a devolver cualquier recibo que le hubiera sido girado por PIPPOL por los mismos conceptos expresados en el p\u00e1rrafo inmediatamente anterior.<br \/>\nCuando el impago afecte a cualesquiera servicios de Telecomunicaciones Electr\u00f3nicas y\/o el arrendamiento de Hardware Pippol, Pippol podr\u00e1 adem\u00e1s dar por resuelto los contratos que amparen los mismos, y girar contra el cliente una factura por el importe equivalente a la suma de las rentas que falten por abonar hasta que transcurra el plazo de 48 meses desde que fueron convenidos y\/o entregados, en su caso.<\/p>\n<p>11.2. PIPPOL podr\u00e1 suspender la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS si el CLIENTE no cumpliera con la obligaci\u00f3n de cumplimentar y enviar debidamente firmado el documento original conteniendo el MANDATO SEPA en aquellos casos en que haya optado por el pago de los recibos mediante el sistema de domiciliaci\u00f3n bancaria de los mismos.<br \/>\nLa suspensi\u00f3n por este motivo podr\u00e1 prolongarse hasta que el CLIENTE cumpla con la obligaci\u00f3n de remitir a PIPPOL, debidamente cumplimentado y firmado, el documento conteniendo el MANDATO SEPA.<\/p>\n<p>11.3. No obstante la suspensi\u00f3n y\/o restricci\u00f3n de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES por los motivos expuestos en los anteriores puntos 11.1. y 11.2 el CLIENTE de SERVICIOS DE TELEFON\u00cdA M\u00d3VIL mantendr\u00e1 la posibilidad de efectuar, exclusivamente, llamadas al n\u00famero \u00fanico de emergencias 112.<\/p>\n<p>11.4. PIPPOL restablecer\u00e1 el servicio temporal o provisionalmente suspendido y\/o restringido en el plazo de tres (3) d\u00edas h\u00e1biles contados desde aquel en que le conste que el CLIENTE ha abonado las cantidades insatisfechas que motivaron la suspensi\u00f3n y\/o restricci\u00f3n m\u00e1s, en su caso, los gastos generados por la devoluci\u00f3n del recibo y los de reactivaci\u00f3n del SERVICIO, en los t\u00e9rminos y por las cuant\u00edas que se le indiquen.<br \/>\nEn caso de que la suspensi\u00f3n en la prestaci\u00f3n del SERVICIO se hubiera producido por la falta de cumplimiento de la obligaci\u00f3n de enviar el documento conteniendo el MANDATO SEPA, PIPPOL restablecer\u00e1 el SERVICIO en el mismo plazo desde que hubiera recibido tal documento.<\/p>\n<p>11.5. PIPPOL tambi\u00e9n podr\u00e1 suspender y\/o restringir provisionalmente o temporalmente la prestaci\u00f3n de los SERVICIOS aun cuando el impago se deba a falta de conformidad, expresada por el CLIENTE, con el cargo bancario girado o con la factura remitida, sin perjuicio de que este pueda efectuar las reclamaciones correspondientes.<\/p>\n<p>11.6. Si la suspensi\u00f3n de los SERVICIOS por impago se prolongara durante treinta (30) d\u00edas, PIPPOL podr\u00e1 convertirla en definitiva, dando por resuelto definitivamente el contrato, con los efectos a que se refiere el punto 3.4.4. de las presentes CGC.<\/p>\n<h4>12. RECLAMACIONES<\/h4>\n<p>12.1. El CLIENTE podr\u00e1 formular, frente a PIPPOL cualquier tipo de quejas y\/o reclamaciones con relaci\u00f3n a la calidad o el eventual incorrecto funcionamiento de los SERVICIOS y los posibles da\u00f1os por ello sufridos, su precio, la facturaci\u00f3n as\u00ed como sobre cualesquiera otras cuestiones relativas al CONTRATO o las presentes CGC.<\/p>\n<p>12.2. Las reclamaciones podr\u00e1n hacerse mediante cualquier medio que deje constancia documental (escrito o de grabaci\u00f3n de voz) tales como correo electr\u00f3nico dirigido a sat@pippol.es, a trav\u00e9s de correo postal (a la direcci\u00f3n Calle Pujades, 5 Barcelona \u2013C.P. 08005, o trav\u00e9s del SATC al n\u00famero de tel\u00e9fono 935 95 95 00.<\/p>\n<p>12.3. PIPPOL no dar\u00e1 curso a ninguna queja o reclamaci\u00f3n que no vaya acompa\u00f1ada de la correspondiente documentaci\u00f3n que acredite que el reclamante coincide con el CLIENTE, o que aquel es una persona debidamente autorizada por \u00e9ste.<\/p>\n<p>12.4. PIPPOL tampoco dar\u00e1 curso a ninguna reclamaci\u00f3n o queja que se presente una vez transcurrido m\u00e1s de un (1) mes desde que se produjeron los hechos o, en su caso, desde que fueron conocidos por el CLIENTE. En este \u00faltimo caso, tampoco dar\u00e1 PIPPOL curso a ninguna reclamaci\u00f3n si han transcurrido m\u00e1s de dos (2) meses desde que ocurri\u00f3 el hecho que motiva la reclamaci\u00f3n o queja.<\/p>\n<p>12.5. PIPPOL asignar\u00e1 a cada queja o reclamaci\u00f3n un n\u00famero de referencia \u00fanico que ser\u00e1 comunicado al CLIENTE para que, si a su derecho conviene, pueda hacer un seguimiento de la misma hasta su completa resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>12.6. En el plazo de treinta (30) d\u00edas, y por escrito, PIPPOL dar\u00e1 debida respuesta al CLIENTE, contestando a todas y cada una de las cuestiones y puntos que hayan sido objeto de la queja o la reclamaci\u00f3n.<br \/>\nDicho escrito ser\u00e1 notificado al CLIENTE a la direcci\u00f3n postal que figure en el contrato como domicilio a efectos de notificaciones, o el que haya sido posteriormente comunicado a PIPPOL a estos efectos, o bien a la misma direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico o al mismo n\u00famero de telf. que hubiera utilizado como medio para la comunicaci\u00f3n de la queja o reclamaci\u00f3n.<\/p>\n<p>12.7. En atenci\u00f3n a las circunstancias especiales de casa caso, PIPPOL se reserva el derecho de ampliar los plazos durante el tiempo necesario hasta estar en disposici\u00f3n de dar una adecuada respuesta.<\/p>\n<h4>13. SECRETO DE LAS COMUNICACIONES<\/h4>\n<p>13.1. PIPPOL se compromete, con el alcance que permita la tecnolog\u00eda vigente en cada momento, a adoptar todas aquellas medidas necesarias en orden a garantizar el secreto de las comunicaciones reconocido por la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola.<\/p>\n<p>13.2. No obstante lo anterior, PIPPOL proceder\u00e1, de acuerdo con la legislaci\u00f3n vigente, a realizar por s\u00ed o a facilitar a terceros Agentes Facultados las interceptaciones de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES que sean cursadas y ordenadas por las correspondientes autoridades competentes.<\/p>\n<p>13.3. El CLIENTE exonera y libera a PIPPOL de cualquier responsabilidad derivada de actos que, infringiendo el derecho al secreto y a la confidencialidad de las telecomunicaciones, pueda realizar cualquier tercero como consecuencia de haber accedido ilegalmente a los terminales telef\u00f3nicos, a los aparatos o equipos electr\u00f3nicos y\/o inform\u00e1ticos que se hallen o debieran hallarse en poder de aquel, en su domicilio, dependencias o en lugares que est\u00e9n o debieran estar bajo su control y dominio, incluso veh\u00edculos.<\/p>\n<p>13.4. PIPPOL queda igualmente exonerada y liberada de toda responsabilidad que se pueda derivar por el uso ileg\u00edtimo o ilegal que el CLIENTE pueda hacer con los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES contratados y recibidos por PIPPOL.<\/p>\n<h4>14. SEGURIDAD INFORM\u00c1TICA Y TECNOL\u00d3GICA.<\/h4>\n<p>14.1. El CLIENTE reconoce la imposibilidad material de que PIPPOL pueda realizar cualquier tipo de control frente a cualquier clase de fraude o acci\u00f3n il\u00edcita que pueda cometerse por parte por un tercero accediendo, de forma no consentida, ileg\u00edtima, fraudulenta o ilegal, en los equipos, aparatos y dispositivos inform\u00e1ticos y electr\u00f3nicos que se hallen el domicilio de aquel.<\/p>\n<p>14.2. La seguridad en los equipos, aparatos y dispositivos inform\u00e1ticos y electr\u00f3nicos que se encuentren en el domicilio o en dependencias del CLIENTE o en lugares que se hallen bajo su control y dominio (incluso veh\u00edculos), as\u00ed como su protecci\u00f3n frente a robos, hurtos, sustracciones, virus, intrusos, hackers y, en general, ante cualquier agresi\u00f3n o ataque tecnol\u00f3gicos es responsabilidad exclusiva del CLIENTE.<\/p>\n<p>14.3. El CLIENTE, formal y expresamente, libera a PIPPOL de cualquier tipo de responsabilidad que pueda derivarse del uso fraudulento, il\u00edcito, ilegal y, en general, ileg\u00edtimo de los SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES prestados por \u00e9sta.<\/p>\n<p>14.4. El uso fraudulento, il\u00edcito, ilegal y, en general ileg\u00edtimo de los SERVICIOS prestados por PIPPOL no facultan al cliente, bajo ning\u00fan concepto o circunstancia, para eludir o incumplir la obligaci\u00f3n de pago que incumbe al CLIENTE de acuerdo a lo previsto en los puntos 3.1.5. y 3.1.6. de las presentes C.G.C.<\/p>\n<h4>15. PROTECCI\u00d3N DE DATOS DE CAR\u00c1CTER PERSONAL<\/h4>\n<p>15.1 De conformidad con lo previsto en la Ley Org\u00e1nica 3\/2018 de fecha 5 de Diciembre de 2018 y en el Reglamento UE 2016\/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de Abril se pone en conocimiento del CLIENTE que se procede a incorporar sus datos personales en caso de tratarse de persona f\u00edsica, as\u00ed como si se trata de una persona jur\u00eddica, aquellos datos de las personas f\u00edsicas relacionadas con el mismo, y que sean facilitados por el CLIENTE, a un fichero titularidad de PIPPOL.<\/p>\n<p>15.2 El CLIENTE se compromete a que los datos personales y documentos que los contienen que proporcione a PIPPOL para llevar a cabo la ejecuci\u00f3n del contrato sean ver\u00eddicos y se hayan obtenido de manera legal. En consecuencia con ello, la incorrecci\u00f3n o inexactitud de los mismos facultar\u00e1 a PIPPOL para no proceder a activar el servicio contratado o, en su caso, para suspender el servicio que se estuviera prestando.<\/p>\n<p>15.3 Las finalidades leg\u00edtimas del tratamiento de los datos de car\u00e1cter personal a los que hacemos referencia son la gesti\u00f3n administrativa de la relaci\u00f3n contractual con el CLIENTE, gesti\u00f3n administrativa, profesional, contable y\/o fiscal, as\u00ed como cualquier otra actividad leg\u00edtima y amparada por la legislaci\u00f3n vigente en cada momento, incluido el archivo del contrato hasta la finalizaci\u00f3n del mismo.<\/p>\n<p>15.4 En cumplimiento de lo legalmente previsto, PIPPOL garantiza que ha adoptado las medidas t\u00e9cnicas y organizativas necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido atendidos la naturaleza de los datos personales tratados.<\/p>\n<p>15.5 PIPPOL no compartir\u00e1 ni ceder\u00e1 a terceros los datos de car\u00e1cter personal almacenados en sus ficheros, salvo en aquellos supuestos legalmente permitidos.<br \/>\nNo obstante, el CLIENTE autoriza a PIPPOL para que pueda compartir los datos personales incorporados a sus ficheros con otras empresas del grupo o que colaboren en la prestaci\u00f3n de los servicios. En estos casos, dichas empresas terceras asumir\u00e1n las mismas obligaciones que PIPPOL con relaci\u00f3n a los datos de car\u00e1cter personal del CLIENTE.<\/p>\n<p>15.6 El CLIENTE puede ejercer en cualquier momento, sus derechos reconocidos en el Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos de acceso, rectificaci\u00f3n y supresi\u00f3n de sus datos personales ante PIPPOL, as\u00ed como tambi\u00e9n puede solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al tratamiento y solicitar la limitaci\u00f3n de \u00e9ste, en \u00e9ste \u00faltimo caso \u00fanicamente se conservar\u00e1n para el ejercicio o la defensa de reclamaciones. El CLIENTE puede ejercer dichos derechos dirigi\u00e9ndose mediante un escrito a la direcci\u00f3n postal de &#8220;PIPPOL TELEFON\u00cdA CLOUD PROFESIONAL, S.L.&#8221; calle Pujades, 51 de Barcelona, C.P. 08005, o mediante correo electr\u00f3nico, a trav\u00e9s de la direcci\u00f3n &#8220;administraci\u00f3n@pippol.es&#8221;.<br \/>\nEn caso de que el CLIENTE considere que sus datos no se gestionan de manera correcta, tiene derecho a presentar una reclamaci\u00f3n ante la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos, cuyos datos de contacto son: Tel\u00e9fonos: 901.100.099; 91.266.35.17; Direcci\u00f3n Postal: C\/ Jorge Juan, 6, 28001-Madrid; Sede Electr\u00f3nica: https:\/\/sedeagpd.gob.es\/sede-electronica-web\/y p\u00e1gina web:www.agpd.es<\/p>\n<p>15.7 PIPPOL responder\u00e1 de las infracciones en que pudieran incurrir en el caso de que no destine los datos personales a otra finalidad y los utilice de forma irregular, as\u00ed como cuando no adopte las medidas correspondientes para el almacenamiento y custodia de los mismos. A tales efectos se obliga a indemnizar al propietario de la informaci\u00f3n por cualquiera de los da\u00f1os y perjuicios que sufra directamente, o por toda reclamaci\u00f3n, acci\u00f3n o procedimiento, que tenga su causa en un incumplimiento o cumplimiento defectuoso.<\/p>\n<p>15.8 Salvo por orden o mandato judicial, PIPPOL no proporcionar\u00e1 a sus CLIENTES ning\u00fan listado de las llamadas recibidas por estos ni la ubicaci\u00f3n desde donde hayan sido efectuadas, sin perjuicio del derecho del CLIENTE a elaborar por s\u00ed mismo la relaci\u00f3n de llamadas recibidas, fecha, hora y duraci\u00f3n de acuerdo con el sistema de identificaci\u00f3n de llamadas disponibles tanto para terminales de telefon\u00eda fija como de telefon\u00eda m\u00f3vil.<\/p>\n<p>15.9 Medio de comunicaci\u00f3n: Los firmantes acuerdan utilizar el correo electr\u00f3nico como medio de comunicaci\u00f3n preferente entre ambos para el desarrollo del encargo efectuado, ante lo cual el CLIENTE tiene conocimiento y asume que este medio es susceptible de sufrir fallos, sin perjuicio de la posibilidad de utilizar otros medios. En este sentido, para cuestiones relacionadas con la relaci\u00f3n contractual existente, el CLIENTE proporciona su direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico &#8230;&#8230;&#8230;@&#8230;&#8230;.. y PIPPOL se\u00f1ala la siguiente &#8220;administraci\u00f3n@pippol.es&#8221;.<\/p>\n<h4>16. NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES<\/h4>\n<p>16.1. Ser\u00e1n v\u00e1lidas y eficaces, y producir\u00e1n plenos efectos legales aunque hayan sido intentadas sin efecto por ausencia, cierre, desahucio o cualquier otro motivo que impida la entrega de las mismas, todas cuantas notificaciones o comunicaciones se practiquen las partes en el domicilio f\u00edsico que, con respecto a cada una de ellas, figure en el CONTRATO o en la \u00faltima de las comunicaciones a que se refiere el n\u00famero 3.1.2 de las presentes CGC.<\/p>\n<p>16.2. Ser\u00e1n igualmente v\u00e1lidas y producir\u00e1n tambi\u00e9n plena eficacia entre las partes, salvo manipulaciones, cualesquiera notificaciones que las partes puedan practicarse mutua y rec\u00edprocamente mediante el correo electr\u00f3nico.<br \/>\nLa \u00fanica direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico v\u00e1lida de PIPPOL a estos efectos ser\u00e1: &#8220;administracion@pippol.es&#8221;<br \/>\nLas direcciones de correo electr\u00f3nico v\u00e1lidas del CLIENTE a los mismos efectos ser\u00e1n: la que figue en el CONTRATO o en la \u00faltima de las comunicadas por el CLIENTE a PIPPOL en cumplimiento de la obligaci\u00f3n a que se refiere el punto 3.1.2. de las presentes CGC o aquella desde la que el CLIENTE realice la comunicaci\u00f3n a PIPPOL.<\/p>\n<p>16.3. Tambi\u00e9n ser\u00e1n v\u00e1lidas y producir\u00e1n efectos, las comunicaciones que se realicen entre las partes mediante el sistema de telf.<br \/>\nEn su caso, los n\u00fameros v\u00e1lidos de telf. del CLIENTE a estos efectos ser\u00e1n: el que figure en el CONTRATO, o en la \u00faltima de las comunicaciones a que se refiere el punto 3.1.2. de las presentes CGC o aquel desde el que el CLIENTE realice la comunicaci\u00f3n a PIPPOL.<\/p>\n<p>16.4. PIPPOL podr\u00e1 tambi\u00e9n enviar notificaciones y avisos al CLIENTE a trav\u00e9s del sistema Sohrt Message Service (SMS) enviados al n\u00famero de tel\u00e9fono m\u00f3vil que le conste de \u00e9ste A TRAV\u00c9S DE LA NUMERACI\u00d3N HABILITADA POR PIPPOL A TAL EFECTO.<\/p>\n<p>16.5. Las partes podr\u00e1n tambi\u00e9n comunicarse y notificarse mediante llamadas telef\u00f3nicas.<br \/>\nEl \u00fanico n\u00famero de tel\u00e9fono de PIPPOL v\u00e1lido a estos efectos es el 935 95 95 00, cuyo horario de atenci\u00f3n al p\u00fablico es de 9:00 a 19:00 hs. de lunes a viernes, y de 11 a 18:00 hs. los d\u00edas s\u00e1bados, domingos y festivos de \u00e1mbito nacional. El CLIENTE autoriza expresamente a PIPPOL a grabar total o parcialmente cada llamada que reciba a trav\u00e9s del SATC.<br \/>\nLos n\u00fameros de tel\u00e9fono del CLIENTE a estos efectos ser\u00e1n: el que figure en el CONTRATO o en la \u00faltima comunicaci\u00f3n a que se refiere el n\u00famero 3.1.2. de las presentes CGC, o cualquiera de los n\u00fameros de tel\u00e9fono a trav\u00e9s de los cuales PIPPOL presta los SERVICIOS de telefon\u00eda.<\/p>\n<h4>17. RESOLUCION DE INCIDENCIAS<\/h4>\n<p>17.1 Las incidencias que puedan surgir en la prestaci\u00f3n del servicio de tr\u00e1fico de voz desde una red fija ser\u00e1n catalogadas, con arreglo a su importancia, en alguna de las siguientes categor\u00edas:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><strong>i. Alta.<\/strong> Consider\u00e1ndose como tales las que impliquen p\u00e9rdida total de llamadas o grave deterioro en la calidad del servicio tales como : Incomunicaci\u00f3n del servicio de interconexi\u00f3n entre una o varias provincias, incomunicaci\u00f3n de un punto de interconexi\u00f3n con otro operador, corte parcial de rutas con p\u00e9rdida de tr\u00e1fico en un punto de interconexi\u00f3n o provincia, degradaci\u00f3n total de un servicio asociado a la interconexi\u00f3n (metropolitano, provincial, nacional, internacional, m\u00f3viles, red inteligente, tarificaci\u00f3n adicional, n\u00fameros cortos, transito a un tercer operador\u2026).<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><strong>ii. Media<\/strong>. Consider\u00e1ndose como tales las que impliquen degradaci\u00f3n de la calidad del servicio por debajo de los l\u00edmites exigidos por la normativa vigente pero sin incomunicaci\u00f3n tales como : perdida de la diversificaci\u00f3n de la se\u00f1alizaci\u00f3n, env\u00edo de trafico indebido o por rutas indebidas, cortes parciales con p\u00e9rdida de tr\u00e1fico en la ruta, cruces de llamadas en una ruta, cortes intermitentes en la ruta, degradaci\u00f3n parcial de un servicio asociado a la interconexi\u00f3n (metropolitano, provincial, nacional, internacional, m\u00f3viles, red inteligente, tarificaci\u00f3n adicional, n\u00fameros cortos, transito a un tercer operador\u2026).<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\"><strong>iii. Baja<\/strong>. Consider\u00e1ndose como tales las que impliquen degradaci\u00f3n de la calidad del servicio, siempre dentro de los l\u00edmites exigidos por la normativa vigente tales como : congesti\u00f3n de rutas y otras fallas menores del servicio<\/p>\n<p>17.2 Desde el momento en que Pippol detecte o tenga conocimiento de la existencia de cualquier tipo de incidencia relativa a los servicios de tr\u00e1fico de voz desde una red fija que facilita, presta, provee, suministra dispondr\u00e1 de los siguientes plazos o tiempos para su reparaci\u00f3n<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" style=\"display: block; margin-left: auto; margin-right: auto;\" src=\"\/files\/70299504\/20401\/IMAGE\/prioridad_alta.png\" alt=\"\" width=\"856\" height=\"130\" \/><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" style=\"display: block; margin-left: auto; margin-right: auto;\" src=\"\/files\/70299504\/20402\/IMAGE\/prioridad_media.png\" alt=\"\" width=\"854\" height=\"131\" \/><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" style=\"display: block; margin-left: auto; margin-right: auto;\" src=\"\/files\/70299504\/20403\/IMAGE\/priridad_baja.png\" alt=\"\" width=\"856\" height=\"130\" \/><\/p>\n<p>17.3 Exclusiones. No obstante lo previsto en la disposici\u00f3n 17.2 Pippol no quedar\u00e1 obligada a los tiempos de reparaci\u00f3n para soluci\u00f3n de incidencias a que se refiere dicha disposici\u00f3n cuando concurra alguna de las siguientes situaciones o circunstancias:<\/p>\n<ul>\n<li>Fallos causados por una aver\u00eda en otro inmueble, en el sistema de red el\u00e9ctrica o en equipos ajenos a la red de Pippol.<\/li>\n<li>Trabajos programados de mantenimiento.<\/li>\n<li>Causas de fuerza mayor.<\/li>\n<li>Actos u omisiones imputables a empleados, contratistas, o de terceros ajenos al control de Pippol, incluyendo ataques tecnol\u00f3gicos y delitos inform\u00e1ticos de cualquier tipo o naturaleza provocados por terceros.<\/li>\n<li>Intentos fallidos de localizaci\u00f3n o no disponibilidad del cliente.<\/li>\n<li>Cambios de servicios y\/o configuraciones de red solicitados por el cliente.<\/li>\n<li>Fallos de las aplicaciones software y otros equipos del cliente.<\/li>\n<li>Posibles mejoras t\u00e9cnicas o procesos a implementar.<\/li>\n<\/ul>\n<p>17.4 De acuerdo con lo previsto en las condiciones de contrato en el que se integra este anexo, Pippol tiene habilitado un servicio de atenci\u00f3n al cliente a fin de que el cliente tenga un canal \u00e1gil, r\u00e1pido y eficaz de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>17.5 Pippol responder\u00e1 exclusivamente frente al cliente con la extensi\u00f3n y dentro de los l\u00edmites establecidos por la legislaci\u00f3n vigente, por cualquier incidencia producida en la prestaci\u00f3n de los servicios de tr\u00e1fico de voz desde una red fija, siempre que dicha incidencia se hubiera producido por causa imputable a Pippol.<\/p>\n<p>Cuando, de conformidad con lo previsto por el primer p\u00e1rrafo de esta disposici\u00f3n 17.5 proceda la responsabilidad de Pippol esta estar\u00e1 limitada a satisfacer al cliente la indemnizaci\u00f3n que corresponda por el de\u00f1o emergente causado documentalmente acreditado.<\/p>\n<p>A los efectos de lo previsto por el p\u00e1rrafo segundo de esta disposici\u00f3n 17.5 solo se consideraran como da\u00f1o emergente los importes de las eventuales indemnizaciones que Pippol hubiera tenido o tenga que abonar a sus clientes cuando dichos importes se hallen dentro de los l\u00edmites que establecen las disposiciones normativas vigentes reguladoras de los servicios de comunicaciones electr\u00f3nicas en la modalidad de tr\u00e1fico de voz desde red fija.<\/p>\n<p>Cuando de acuerdo con lo previsto por el p\u00e1rrafo tercero de esta disposici\u00f3n 17.5 la indemnizaci\u00f3n que Pippol haya abonado o deba abonar a su cliente se haya calculado o se deba calcular como m\u00faltiplo, porcentaje o por cualquier otro m\u00e9todo sobre la base de las cuotas fijas peri\u00f3dicas cobradas y\/o vol\u00famenes de facturaci\u00f3n girados por aquel a estos, la indemnizaci\u00f3n que Pippol deber\u00e1 abonar al cliente se calcular\u00e1 utilizando los mismos m\u00faltiplos, porcentajes o el mismo m\u00e9todo empleado, pero aplicando sobre las cuotas cobradas y\/o el volumen de facturaci\u00f3n girando por Pippol contra el cliente.<\/p>\n<p>17.6 Pippol no responder\u00e1 en ning\u00fan caso y bajo ninguna circunstancia, del eventual lucro cesante (incluyendo perdidas de negocio o de oportunidades de negocio, p\u00e9rdidas de tiempo, perdidas de fondo de comercio, perdidas de datos, perdidas de prestigio\u2026) que el cliente pudiera sufrir por consecuencia de cualquier incidencia que se produjera en los servicios de tr\u00e1fico de voz desde red fija facilitados por Pippol.<\/p>\n<h4>18. DURACI\u00d3N DE LAS PRESENTES CGC<\/h4>\n<p>18.1. Las presentes CGC tienen una duraci\u00f3n indefinida.[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row][\/vc_section]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_section][vc_row][vc_column][vc_column_text] CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACI\u00d3N (CGC) APLICABLES A LOS PRODUCTOS VENDIDOS Y SERVICIOS PRESTADOS POR PIPPOL TELEFONIA CLOUD PROFESIONAL, S.L. (PIPPOL) 1. ACEPTACI\u00d3N DE LAS PRESENTES CGC 1.1. 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